ATE Seccional Colón
NUESTROS DELEGADOS NO SE TOCAN
POR DECRETO Nº 111/2014 DE FECHA 10/11/2014 EL INTENDENTE DE LA CIUDAD DE UBAJAY TOMÁS AGUIAR, RESPETANDO EL FALLO EMITIDO POR EL JUZGADO DE 1º INSTANCIA DE TRABAJO Nº 2 DE C. DEL URUGUAY, RESTITUYÓ A LA DELEGADA MUNICIPAL DE ATE EN ESE MUNICIPIO, A SU CARGO DE SECRETARIA DEL JUZGADO DE FALTAS DE DONDE EL MISMO EJECUTIVO LA HABÍA RETIRADO POR RAZONES ARBITRARIAS.
Adjuntamos resúmen de los hechos para que se recuerden los pasos que terminan felizmente con la restitución de nuestra compañera a su lugar original de trabajo.
“LUXEN SANDRA CONTRA MUNICIPALIDAD DE UBAJAY – MEDIDA CAUTELAR”
LA JUEZA Dra. NORA ANGÉLICA GARÍN del Juzgado Laboral Nº 2 de C. del Uruguay, FALLÓ A FAVOR DE LA DELEGADA MUNICIPAL DE ATE SECCIONAL COLÓN
Cuando, tiempo atrás la Delegada Municipal de ATE, Sandra Verónica Luxen que se venía desempeñando como Secretaria en el Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Ubajay, fue notificada por el Ejecutivo, que quedaba desafectada de dicho cargo y que le sería asignada una nueva función realizando tareas en las oficinas del cementerio de esa localidad, sin que mediara causa de incumplimiento laboral alguna, pero sí comentarios al respecto de sus funciones como Delegada gremial, sin demora, solicitó el respaldo de la Seccional Colón de ATE a quién representa gremialmente.
Atentos a la solicitud de la Delegada, desde la Seccional se pidió asesoramiento legal para tratar el tema. Se resolvió, en primera instancia y amparados en la Ley 23551 que reza “Todo trabajador o asociación sindical que fuere impedido u obstaculizado en el ejercicio regular de los derechos de la libertad sindical garantizados por la presente ley, podrá recabar el amparo de estos derechos ante el tribunal judicial competente, conforme el procedimiento sumarísimo establecido en el art. 498 del Cod. De procedimientos Civil y Comercial de la Nación o equivalente de los códigos procesales civiles provinciales, a fin de que éste disponga, si correspondiere, el cese inmediato del comportamiento antisindical” hacer llegar al Intendente de la Municipalidad de Ubajay una nota donde se le pedía se le devolviera el puesto a la Sra. Sandra Verónica Luxen por tener tutela sindical razón por la cual no podía cambiarla de su lugar de trabajo. Nota que no fue respondida por el Ejecutivo. Por lo que se recomendó a la Delegada, enviara un telegrama obrero, con contenido similar, el que tampoco obtuvo respuesta. Las reiteradas faltas de respuesta del Ejecutivo municipal hicieron que el Asesor Legal de ATE Seccional Colón, Dr. Gustavo Del Río, presentara un amparo en el Juzgado laboral Nº 2 de C. del Uruguay dando intervención a la Jueza Dra. Nora Angélica Garín quién luego de revisar lo presentado y dar las razones correspondientes, el día 21 de octubre de 2014 resuelve dar lugar al amparo antes mencionado decretando “ en el plazo de dos días de notificada la presente, la restitución con carácter cautelar de la actora SANDRA VERÓNICA LUXEN al cargo de Secretaria del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Ubajay en las mismas condiciones de labor que ostentaba hasta el 21/08/2014, previamente al dictado del decreto Nº 089/14, bajo apercibimiento de Ley.”
En días nada más y habiendo sido cumplimentadas las cuestiones formales del caso, la Delegada Municipal de ATE Seccional Colón, deberá ser restituida al cargo de Secretaria del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Ubajay, puesto que ocupara antes de la arbitraria decisión del Ejecutivo, sentando un precedente en el Departamento Colón, acerca del respaldo con que cuentan los Delegados del Gremio, el que no sólo se traduce en palabras.
“NUESTROS DELEGADOS NO SE TOCAN – TOCAN A UNO Y NOS TOCAN A TODOS”
Desde la Seccional Colón de ATE, hacemos llegar nuestro reconocimiento y gratitud a la Comisión Directica Nacional de ATE y su cuerpo de Asesores Legales y al Dr. Gustavo Del Río por su desempeño y el compromiso de siempre demostrado en el seguimiento del caso.


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